Guía práctica para el sector público

Ley de transparencia: qué tiene que publicar tu administración y cómo se mide.

Un recorrido por las obligaciones de publicidad activa de la Ley 19/2013 y de la normativa autonómica, el derecho de acceso a la información y las metodologías de evaluación que puntúan tu portal.

Actualizado: 6 de septiembre de 2026

Ley 19/2013

Marco estatal de transparencia y buen gobierno.

1 mes

Plazo general para resolver una solicitud de acceso.

3 metodologías

Dyntra, Infoparticipa y MESTA evalúan el portal.

4–8 semanas

Puesta en marcha habitual de un portal completo.

Qué exige la Ley 19/2013

La ley estatal establece dos grandes bloques: la publicidad activa, que obliga a publicar información por iniciativa propia, y el derecho de acceso a la información pública, que permite a cualquier persona solicitar lo que no está publicado. A ello se suman las leyes autonómicas, que amplían el catálogo de contenidos, fijan periodicidades y crean órganos de garantía propios.

La consecuencia práctica es que ninguna entidad cumple con una única lista: cumple con la intersección de la norma estatal, la autonómica y, en muchos casos, sus propias ordenanzas de transparencia.

Plazos, responsables y actualización

Publicar una vez no es cumplir. La información desactualizada penaliza en las evaluaciones externas y es la causa más frecuente de reclamación. El modelo que funciona asigna a cada ítem tres atributos: responsable interno, fuente de origen y periodicidad, con avisos automáticos cuando un contenido caduca.

Cuando la fuente es pública y estructurada —PLACSP para contratos, BDNS para subvenciones, presupuestos municipales, boletines oficiales—, la actualización puede automatizarse por completo y el equipo se dedica solo a validar.

Derecho de acceso: el circuito que hay que tener montado

Una solicitud de acceso (SAIP) exige registro de entrada, comprobación de límites y causas de inadmisión, audiencia a terceros afectados cuando procede, resolución motivada en plazo y pie de recurso ante el órgano de garantía. Todo ello con estadísticas publicables: número de solicitudes, materias, sentido de la resolución y tiempos medios.

Contar con ese circuito trazado evita el silencio administrativo, que en transparencia suele resolverse en contra de la administración.

Transparencia y protección de datos: cómo se concilian

El conflicto es real y cotidiano: actas de pleno con nombres de vecinos, contratos con datos de personas físicas, expedientes de ayudas sociales. La regla es publicar la información pública minimizando el dato personal, con tacha irreversible y motivación de lo ocultado.

Hacerlo a mano no escala. Por eso conviene integrar la anonimización de documentos dentro del propio flujo de publicación.

Cómo puntúan Dyntra, Infoparticipa y MESTA

Estas metodologías comprueban desde fuera si un contenido existe, si es localizable y si está actualizado. Un mismo dato mal ubicado o publicado en PDF puede contar como no publicado. Por eso el trabajo de posicionamiento en estos rankings es tanto de contenido como de arquitectura de la información.

La forma sostenible de mantener buena puntuación es medirla de manera continua con un semáforo interno, no descubrirla el día de la evaluación.

Cómo lo automatizamos en oGov

El portal de transparencia de oGov trae precargados los ítems de la ley estatal y de las normas autonómicas, mapeados a los indicadores de evaluación, y se alimenta de fuentes públicas oficiales. Los datos económicos, contractuales y de subvenciones se muestran en visores navegables en lugar de documentos sueltos, y cada documento pasa por anonimización antes de publicarse.

Si el equipo interno no da abasto, el servicio de gestión integral de la transparencia asume el mantenimiento del portal.

Preguntas frecuentes

¿A quién obliga la Ley 19/2013?

A la Administración General del Estado, comunidades autónomas, entidades locales, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, universidades públicas, corporaciones de derecho público y, con alcance limitado, a partidos, sindicatos, patronales y entidades privadas que reciban ayudas públicas por encima de determinados umbrales.

¿Qué diferencia hay entre publicidad activa y derecho de acceso?

La publicidad activa es la información que la administración debe publicar por iniciativa propia y mantener actualizada en su portal. El derecho de acceso (SAIP) es la facultad de cualquier persona de solicitar información que no está publicada, con un plazo general de resolución de un mes y posibilidad de reclamación ante el Consejo de Transparencia correspondiente.

¿Cada cuánto hay que actualizar la información publicada?

La ley exige información actualizada, y las normas autonómicas concretan periodicidades: mensual o trimestral para contratos y ejecución presupuestaria, anual para presupuestos, cuentas y retribuciones, y actualización inmediata cuando cambia la información institucional u organizativa. La buena práctica es fijar responsable, fuente y frecuencia para cada ítem.

¿Qué son Dyntra, Infoparticipa y MESTA?

Son metodologías de evaluación externa del nivel de transparencia. Dyntra e Infoparticipa puntúan indicadores públicos verificables desde el propio portal; MESTA es la metodología de evaluación impulsada en el ámbito del Consejo de Transparencia y las comunidades autónomas. Sirven como marco de referencia y como ranking comparativo entre entidades.

¿Se pueden publicar documentos con datos personales?

No sin tratamiento previo. La transparencia cede ante la protección de datos: antes de publicar actas, contratos, resoluciones o subvenciones hay que disociar o anonimizar los datos personales que no sean estrictamente necesarios, con tacha irreversible y registro de la decisión.

¿Cuánto cuesta cumplir y cuánto tiempo lleva?

Depende del volumen de contenidos y de las fuentes disponibles. Con estructura normativa precargada y alimentación automática desde fuentes públicas, un portal completo suele estar publicado y operativo en 4 a 8 semanas; lo que consume tiempo no es la tecnología, sino localizar la información y asignar responsables internos.

¿Quieres saber en qué punto está tu portal?

Hacemos un diagnóstico del nivel de cumplimiento frente a la normativa aplicable y a los indicadores de evaluación, con un plan de trabajo priorizado.